¿Qué es el impuesto sobre la electricidad?
Como habrás podido observar en la factura, hay un concepto al margen de la cuota de potencia y el precio de la energía, que influye en el total del recibo. Este apartado se le conoce como impuesto eléctrico.
Como su propio nombre indica, se trata de un impuesto a la fabricación de la electricidad (iva luz), que tiene como objetivo procurar que el consumo sea el adecuado por parte de las personas, para cuidar además de los recursos limitados de la naturaleza. Originalmente, se creó este impuesto sobre la electricidad para recaudar la cantidad necesaria para cubrir las ayudas a la minería del carbón, que era a su vez una de las formas de producir energía eléctrica. Aunque hoy en día no tenga mucho que ver en cuanto a su creación, lo cierto es que es un coste que difícilmente sufrirá modificaciones a corto y medio plazo.
¿Cómo identificar el impuesto eléctrico en mi factura?
El impuesto eléctrico en la factura de la luz aparece detallado dentro de la propia factura junto a otros datos como el consumo facturado o la potencia facturada. En ese mismo espacio se ofrece el dato exacto relativo a la factura para que el usuario pueda conocer de primera mano cuál es la cantidad que está abonando sobre el impuesto especial sobre la electricidad.
Es fácil identificar esta cifra dentro de la factura, puesto que aparece detallada junto al resto de datos. Además, se aplica sobre la suma del total de la energía consumida y de la potencia contratada, por lo que es bastante fácil encontrar la cifra referida a dicho impuesto. No supone un coste excesivamente alto en la factura en términos generales, pero es conveniente conocerlo, aunque no pueda hacerse mucho al respecto.
¿Por qué se crea este impuesto?
Como el tabaco o la gasolina, el impuesto sobre la electricidad está dentro de los impuestos especiales de fabricación. En tu factura de la luz (y en todas), hay varios conceptos de facturación. Uno de ellos es este gravamen establecido por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Por tanto, en tu recibo eléctrico no sólo aparece el importe de la energía consumida en términos de kilovatio hora (kWh), sino que también aparecen otros conceptos como la potencia contratada, que se mide en kilovatios (kW), el alquiler del medidor de luz (en el caso de que no lo hayas adquirido por tu cuenta), el IVA (21%) y el referido impuesto eléctrico, que grava sobre los dos conceptos fundamentales de la factura: el consumo energético y la potencia.
El impuesto eléctrico se aplica para garantizar un consumo responsable de los recursos limitados que ofrece el medio natural y unas condiciones medioambientales que protejan la salud de las personas. La ley 38/1992 es la que establece estas tasas sobre la potencia y el consumo a todos los inmuebles y locales que tengan dado de alta un suministro eléctrico. Este impuesto de electricidad tiene como fin recaudar el importe correspondiente al antiguo recargo en concepto de “coste específico asignado a la minería del carbón”.
¿Cómo se calcula este impuesto en la factura eléctrica?
Para calcular el iva de luz en la factura eléctrica se aplica una suma sobre el coste de la potencia y el coste de la energía. Por ejemplo, pongamos que la potencia (cuota fija) es de 26,00 EUR y la energía facturada (consumo) es de 111,65. Si lo sumamos da 137,65 EUR, a este importe tendríamos que aplicar una resta sobre el concepto “alquiler de contador” (el precio varía en función del tipo medidor). Una vez obtengamos el resultado lo multiplicamos por el impuesto eléctrico: 5,11269632%.
¿Quiénes deben pagar este impuesto?
El impuesto sobre la electricidad está fijado por ley. Esto quiere decir que nadie está exento de pagarlo, y que, incluso en el caso de no realizar ningún tipo de consumo eléctrico durante un mes se aplicará sobre la potencia contratada. Por lo tanto, no es el impuesto de electricidad únicamente puede controlarse a través del consumo y la potencia contratada, puesto que es una cifra que se obtiene a partir de un porcentaje de ambos términos. Además, también el IVA del 21% recae sobre este impuesto de electricidad, por lo que finalmente se está pagando una cantidad en concepto de impuestos mucho mayor de lo que aparecía al principio.
¿Quién está exento de pagar este impuesto? Derecho de extensión
Con la nueva modificación del impuesto especial sobre la electricidad recogida en el BOE (Ley 20/14), este importe deja de configurarse como un impuesto sobre la fabricación, para pasar a ser un impuesto de la electricidad que se cobra sobre el suministro eléctrico, es decir, por el consumo que se hace de la electricidad.
Con este cambio se aplica una exención del impuesto eléctrico que significa la reducción del 85% sobre el impuesto de electricidad sobre algunas actividades industriales como:
- Fábricas para la reducción química y procesos electrolíticos.
- Fábricas o empresas dedicadas a procesos metalúrgicos.
- Fábricas dedicadas a los procesos mineralógicos.
- Procesos metalúrgicos, es decir, fábricas dedicados a la producción de metal y otros fines similares.
- Actividades industriales cuyo consumo eléctrico representa más del 50% del coste de un producto.
- Riegos Agrícolas
- Actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5 por ciento del valor de la producción.
Asimismo, deberán pedir una inscripción en el registro territorial correspondiente a la oficina gestora de impuestos especiales del lugar donde esté ubicado la actividad o, en su defecto, el domicilio fiscal.
En cuando la documentación a presentar:
- Los datos de la persona física
- Datos de la persona representante
- Facilitar la actividad del CUPS (datos del consumo) por el que se le va a realizar la reducción eléctrica.
¿Cuál es el devengo de este impuesto en la electricidad?
El porcentaje dedicado a este impuesto es de 5,113% aplicándose en el término de potencia y en el de consumo. Esta cantidad que todos los consumidores de luz tienen que pagar se utiliza dentro de los fondos públicos y va destinado a sectores como la sanidad o la educación. La división de lo recaudado pasa por las distintas Comunidades Autónomas que serán las encargadas de invertirlo de la forma que consideren conveniente.