¿Cómo cambiar un contrato de luz?

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¿Te has planteado alguna vez las diferentes modificaciones que puedes realizar en tu contrato de luz, tanto si eres propietario como si estás de alquiler? Desde el infoenergía, te queremos contar todos los cambios posibles para ayudarte a ahorrar en tu factura de la luz.

Datos necesarios para cambiar tu contrato de luz

Antes de realizar cualquier tipo de modificación en tu contrato de electricidad debes tener a mano los siguientes datos, debido a que pueden ser solicitados por tu comercializadora a la hora de realizar cualquier trámite.

– Código CUPS: es el código que identifica tu punto de suministro. Consiste en una numeración única para cada dirección que disponga de un suministro eléctrico.

– Datos del titular: pueden solicitarte por seguridad los datos del titular actual del punto de suministro tales como número de identificación (DNI, NIF, CIF, NIE), número de teléfono, nombre y apellidos, etc.

El motivo de la solicitud de datos personales se debe a la seguridad del titular actual, dado que una vez éstos sean modificados, el nuevo titular podrá realizar todas las gestiones que considere en el punto de suministro.

– Dirección: Aunque el código CUPS identifica cada punto, en ocasiones es necesario confirmar el lugar exacto, ya que la numeración de dicho código es muy extensa y puede producirse un error en su anotación.

En principio con estos datos, la comercializadora debería autorizarte para poder realizar cualquier modificación en el contrato de electricidad.

¿Qué puedo cambiar en un contrato de luz?

Una vez hemos visto qué datos son necesarios para realizar modificaciones, vamos a abordar qué aspectos puedes modificar en tu contrato de luz:

– Titularidad del contrato: es muy importante este aspecto, si no eres el titular de tu punto de suministro y eres el responsable deberías realizar el cambio lo antes posible. La razón se debe a que el titular es el responsable total de todos los aspectos legales que vinculen al contrato de electricidad, aspectos como incidencias técnicas, impagos, etc.

– Contacto: dentro de un contrato puede existir un titular diferente a la persona de contacto. La persona de contacto será quien recibirá todas las notificaciones que considere oportuna la comercializadora, aunque la responsabilidad de la misma deriva en el titular del contrato. Por esto te recomendamos que el titular y la persona de contacto sea la misma.

– Pagador: en el caso de que el titular de la cuenta de cargo sea diferente al titular del contrato, éste no tiene ninguna responsabilidad en el caso de que se generen facturas impagadas. La responsabilidad total de los impagos reside en el titular del contrato de luz.

– Producto / servicio: siempre que lo desees podrás realizar cualquier modificación de la tarifa que tengas actualmente, únicamente te puedes encontrar con algún tipo de penalización por cambiar antes de la fecha prevista, según el contrato que tengas con tu comercializadora.

– Potencia: consiste en la capacidad máxima que tienes disponible para realizar un consumo máximo en un momento determinado. Referente al número de modificaciones anuales se fija en una, aunque si lo que deseas es aumentar ésta, decirte que suelen permitirse más aumentos en el caso de que sea necesario. Reducir la potencia puede suponer un ahorro, pero debes tomar la decisión correcta dado que si la potencia contratada es inferior a la necesaria los plomos empezarán a “saltar”.

– Compañía actual: siempre lo que desees puedes realizar un cambio de compañía, aunque debes tener en cuenta si tienes algún tipo de compromiso.

– Dar de baja el contrato de luz

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